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Bases y condiciones

 Promoción
«DIA DE LA MADRE EN  FISHERTON PLAZA »

1. RUSITANO S.A (el «Organizador»), organiza la promoción denominada «DIA DE LA MADRE en  FISHERTON PLAZA  » (la «Promoción»), que tendrá vigencia en  Fisherton Plaza; en calle Alberto J. Paz 1065 bis , Fisherton, Rosario ,  (el « Centro Comercial»), a partir del Lunes 14 al Sábado 19 de octubre  de 2024 inclusive o hasta agotar el stock de 800 GIFT CARDS, de entre ambos, lo que ocurra primero («Plazo de Vigencia») y que se regirá por lo establecido en estas bases y condiciones (las «Bases»).

2. Por cada Ticket de compra de Pesos Ochenta  Mil o  importe superior, realizadas en el Plazo de Vigencia, los clientes  obtendrán una GIFT CARD de un valor de Pesos veinte mil ( $20.000). Participan todos los Locales del Centro Comercial, excepto SUPERMERCADO ARCO IRIS. Aplica solamente para compras presenciales realizadas dentro del Centro Comercial.

3. Para obtener dicha GIFT CARD los clientes ( «Participantes ») ,  deberán acercarse a partir del  Lunes 14 al Sábado 19 de Octubre de 2024, de 10:00hs a 20:00hs,  al Stand de “Atención al cliente” («Stand»), situado en el hall de Fisherton One,  exhibir el Ticket de compra, el que será sellado por el personal del Stand y brindar sus datos personales, Nombre y Apellido, D.N.I., domicilio y correo electrónico los que serán volcados en una planilla de control. 

4. Las GIFT CARDS obtenidas, de acuerdo al ítem 3 podrán ser utilizadas  a partir  del día 21 de octubre y hasta el día 20 de noviembre de 2024 para ser aplicadas en las compras realizadas  dentro de este lapso en los Locales dentro del Centro Comercial excepto en Supermercado Arco Iris; vencido dicho término, el Participante no podrá reclamar el uso pendiente de la misma. 

5. La GIFT CARD no es una tarjeta de Crédito ni Tarjeta de Débito, es una Tarjeta de regalo al Portador. No tiene devolución ni podrá ser canjeada por dinero en efectivo. Sólo podrá utilizarse una GIFT CARD por cada compra. La utilización de la Gift Card no será acumulable con otras promociones vigentes.

6. El valor de cada GIFT CARD  es de Pesos Veinte  Mil ($20.000). Si el importe de la compra realizada por el cliente supera el importe de la GIFT CARD se deberá abonar la diferencia con cualquier medio de pago que acepte el Local Adherido. Si el importe de la compra fuera inferior al de la GIFT CARD, no se reintegrará ni devolverá la diferencia. La GIFT CARD será retenida por el Local Adherido donde se hubiere realizado la compra. 

 7. Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en la Promoción que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases.

 

 

8. La participación en la Promoción implica la aceptación de estas Bases, así como de las decisiones que posteriormente adopte el Organizador, conforme a derecho, sobre cualquier cuestión no prevista en ellas.

9. Cualquier tributo, derecho u obligación aplicable como consecuencia de la participación de cada uno de los  Participantes en la Promoción, estará a cargo del Participante. 

10.  La eventual declaración de nulidad de alguna de las cláusulas de las presentes Bases no importará la nulidad de las cláusulas restantes, las que mantendrán su plena vigencia hasta tanto no sean declaradas nulas por una autoridad facultada por ley a este efecto.

11.  El Organizador no será responsable por los daños o perjuicios que pudiere sufrir los Participantes, o los terceros, con motivo o en ocasión de la participación en la presente Promoción .

 12.   Cuando circunstancias no imputables al Organizador o no previstas en estas Bases o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, el Organizador podrá suspender, cancelar o modificar la Promoción.

13.  Toda relación que en virtud de la promoción se genere entre el Participante y el Organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República Argentina, renunciando el Participante a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiera tener derecho. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el Organizador y el Participante,  los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Rosario, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa por parte suya a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderle.

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